Descripción
Atender y recibir denuncias por actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidad administrativa de las personas servidoras públicas de la Fiscalía General del Estado en términos de los ordenamientos aplicables en materia de responsabilidad administrativa; imponiendo cuando proceda, las sanciones correspondientes (con excepción de agentes investigadores y los que sean de competencia del tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Puebla); observando en todo momento los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.
A quien va dirigido
A todas las personas que presenten o hayan iniciado su denuncia administrativa por actos u omisiones atribuibles a personal de la Fiscalía General del Estado.
Origen
Estatal
Categoría de la ficha
Servicio
Documento o servicio a obtener
No aplica.
Plazo máximo de respuesta
Dependerá del asunto a investigar, así como de las diligencias pertinentes.
Plazo de prevención
5 días hábiles.
Plazo para cumplimiento de prevención
5 días hábiles.
Costo
Gratuito.
Formas de pago
No aplica.
Lugares de pago
No aplica.
Vigencia
No aplica.
Formas de realizar el trámite o servicio
Presencial, por escrito libre y correo electrónico.
Área responsable
Órgano Interno de Control.
Persona responsable: Lic. Karla Michelle Salas Sánchez; Directora de Responsabilidades del Órgano Interno de Control.
Domicilio: Calle 12 Norte, No. 1808, Barrio el Alto, Puebla, C.P. 72290.
Horarios de atención
Por comparecencia o escrito: lunes a viernes 9:00 a 21:00 horas.
Tiempo de atención en ventanilla
El tiempo en ventanilla aproximadamente 20 minutos, la resolución dependerá del asunto a investigar y del desahogo de diligencias ordenadas
Observaciones
Ninguna.
Documentos adjuntos
No Aplica.
Casos en los que debe o puede presentarse el trámite o servicio
Cuando considere que haya actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidad administrativa en un trámite realizado ante la Fiscalía General del Estado de Puebla; así como mala atención o algún otro hecho que afecte el servicio público que se proporciona.
¿Aplica afirmativa o negativa ficta?
No aplica.
Criterios de resolución del trámite o servicio
Al presentar la denuncia administrativa ante el personal actuante del Órgano Interno de Control se deberá aportar la mayor cantidad de información, documentos o cualquier otro dato que tenga en su poder.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 108, Artículo 109 Fracción III.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; Artículo 95, Artículo 96, Artículo 101, Artículo 125 Fracciones I, IV y VIII, Artículo 131.
Ley Orgánica de La Fiscalía General del Estado de Puebla; Artículo 9 inciso A), Artículo 39, Artículo 40 fracciones I y VIII, Artículo 41, Artículo 42, Artículo 44, Artículo 45, Artículo 46 Bis, Artículo 46 Sexies, Artículo 46 Septies, Artículo 47, Artículo 48 y Artículo 57.
Ley General de Responsabilidades Administrativas; Artículo 7, Artículo 9 Fracción II, Artículo 10, Artículo 90, Artículo 91, Artículo 93, Artículo 94, Artículo 95; Artículo 96 párrafo Segundo.
Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla; Artículo 17 fracción XVI, Artículo 114, Artículo 115, Artículo 118, Artículo 119 fracción I.
Reglamento Interior de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla; Artículo 252, Artículo 253 y Artículo 254.
Puebla Capital
- Órgano Interno de Control y Visitaduría
Domicilio: Calle 12 Norte, No. 1808, Barrio El Alto, Puebla. C. P. 72290
Tel.- 222 235 45 23.
Horario de atención por comparecencia o escrito: lunes a viernes 9:00 a 21 horas.
Nombre de la persona encargada: Lic. Karla Michelle Salas Sánchez.
Dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Requisitos
1. Identificación oficial con fotografía vigente (original y 1 copia fotostática).
Credencial para votar expedida por el INE, Licencia de Conducir, Pasaporte, Cédula Profesional, Credencial de adulto mayo (INAPAM) Carta de Identidad emitida por el municipio o Junta Auxiliar, Cartilla Militar, Certificado de Estudios a partir de nivel secundaria con fotografía u cualquier documento oficial con fotografía.
2. Escrito libre (original y 1 copia). Se entrega en oficialía de parte del Órgano Interno de Control.