Devolución de Vehículos Bajo Resguardo del Depósito de Vehículos
Descripción: Realizar la devolución bajo consentimiento de la autoridad judicial o ministerial, al legítimo propietario o representante legal del vehículo el cual se encuentra a resguardo del Depósito Oficial de Vehículos de la Fiscalía General del Estado.
Dependencia o Entidad: Fiscalía General del Estado.
Clasificación: Trámite.
Nombre de la modalidad en su caso: No aplica.
Quien puede realizarlo: Persona que cuente con oficio de devolución de vehículo emitido por la autoridad competente.
Casos en los que debe o puede presentarse el trámite o servicio: Cuando un vehículo se encuentra a resguardo del Depósito Oficial de Vehículos de la Fiscalía General del Estado.
Tipo de trámite o servicio a obtener: Ficha de egreso para la devolución del vehículo.
Inspección o verificación en su caso: No aplica.
Información que se deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación: No aplica.
Plazo de resolución: Variable, en función de la demanda de usuarios para expedir la referencia de pago, posterior, a que el usuario finiquite los adeudos. La entrega de la unidad dependerá de la ubicación física de ésta (si tiene otros vehículos que la obstruyan y requiera maniobras), por lo que puede quedar sujeta la fecha de programación de entrega.
Nota: Los días que transcurran no generarán costo adicional.
Plazo de prevención: No aplica.
Vigencia: Permanente durante el año en corriente.
Afirmativa o negativa ficta: No aplica.
Criterios de resolución: Realizar el pago de derechos correspondientes. Presentar y cumplir con los requisitos establecidos.
Formas de realizar el trámite o servicio: Presencial
Consultas o envio de documentos: No aplica
Formatos o documentos anexos: No aplica.
1. Identificación oficial con fotografía (INE o Pasaporte Vigente) y 1 copia simple: Otras identificaciones que puede presentar son Licencia de Conducir, Cédula Profesional, Cartilla Militar, INAPAM.
2. Oficio de devolución de unidad automotriz (original y una copia fotostática simple) emitido por titulares del Juzgado o Ministerio Público dirigido al Oficial Mayor de la Fiscalía General.
1. El usuario deberá acudir al Centro de Atención correspondiente.
2. Proporcionar los requisitos al (la) servidor (a) público asignado (a).
3. Al verificar que todos los requisitos se encuentran correctos, se emite una referencia bancaria para solventar el costo por el derecho de piso que se generó por el resguardo. Una vez que realice el pago regresará al centro de Atención para continuar el trámite.
4. El (la) funcionario (a) público asignado(a) informará a la persona sobre la forma en la que fue trasladada su unidad para resguardo. Los vehículos bajo resguardo del depósito oficial de la fiscalía general del estado, trasladados por grúas particulares, deberán realizar el pago de este servicio directamente con las empresas responsables, Mismas que al ser un servicio privado el costo del arrastre no depende de la institución.
5. Con el pago correspondiente del trámite de derecho de piso y arrastre con grúa, se informa al usuario la ubicación de su unidad automotriz y se programa la entrega.
6. El vehículo será entregado de acuerdo con la fecha programada, el usuario firmará el formato de conformidad, y será responsabilidad del usuario la gestión de los medios en que será trasladada la unidad hacia su destino.
7. Entregada la unidad, concluye el trámite.
COSTO
Resguardo de unidades vehiculares
| Tipo de Vehículo | Cuota por fracción |
|---|---|
| Bicicletas | 0.176 |
| Motocicletas | 0.176 |
| Automóviles | 0.562 |
| Camionetas | 0.632 |
| Camiones | 1.25 |
| Convertidor | 0.65 |
| Tractores Agrícolas | 1.052 |
| Tractocamiones | 1.052 |
| Autobuses | 1.228 |
| Remolque y Semirremolque | 1.228 |
| Tractocamiones con Semirremolque | 1.40 |
| Tractocamiones con doble Semirremolque | 2.379 |
VALORES DE LA UNIDAD DE MEDIDA U ACTUALIZACIÓN (UMA)
A partir del 1 de febrero de 2025
(pesos Mexicanos)
| AÑO | DIARIO | MENSUAL | ANUAL |
|---|---|---|---|
| 2025 | 113.14 | 3439.46 | 41273.52 |
Fuente: INEGI. Unidad de Medida y actualización (UMA), 2025.
FORMAS DE PAGO
Nota: para éste trámite es obligatorio acudir a la ventanilla del Departamento de Vehículos Asegurados de la Fiscalía General del Estado, para que se genere la referencia bancaria por derecho de piso y en su caso de grúa oficial, más no así en caso de ser grúa particular.
1.- El pago se realiza en Instituciones bancarias autorizadas (consultar lugares de pago).
2.- Referencia bancaria: en el link https://rl.puebla.gob.mx CONSULTA TU REFERENCIA (ingresa referencia impresa) pagando con tarjeta de crédito, transferencia electrónica referenciada y a través de SPEI, al realizar el pago en esta modalidad podrá obtener el comprobante fiscal después de 2 días hábiles posteriores al pago. El comprobante fiscal lo entregará en el Centro de Atención para continuar el trámite.
DÓNDE PAGAR
1.- Portal electrónico del Gobierno del Estado de Puebla (pagos en línea).
2.- Instituciones bancarias indicadas en la orden de cobro (Bajío, Banco Azteca, Banorte, BBVA, CITIBANAMEX, HSBC, Santander, Scotiabank, y Financiera Bienestar (Telecomm).
3.- Quioscos de oficinas recaudadores de la Secretaria de Planeación y Finanzas.
Como Llegar en:
Dirección de Bienes Asegurados
Nombre del Servidor Público responsable: Lic. Anabel Gil Serrano, Directora de Bienes Asegurados.
Domicilio del área responsable : Bulevar Héroes del 5 de mayo y 31 Oriente, S/N, Colonia Ladrillera de Benítez, Puebla, C.P. 72530.
Número telefónico: 2222160084
Dirección de correo electrónico : direcciondebienesasegurados@gmail.com
Visitaduría General 222 211 79 00 exts. 4008 y 4053, celular 222 332 00 70 (atención las 24 horas).
Fiscalínea 222 211 79 00 ext. 2036.
Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla, Artículo 92, fracción III.
Reglamento Interior de la Fiscalía General del Estado de Puebla, Artículo 165, fracción II.
Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2024, Artículo 100, fracciones I, II, III y IV.
ACUERDO del Secretario de Movilidad y Transporte del Gobierno del Estado, por el que determina las tarifas máximas para el cobro por los Servicios de Transporte Auxiliar de Arrastre, Arrastre y Salvamento, y Depósito de vehículos para el Estado de Puebla, de fecha 19 de septiembre de 2024.
ACUERDO del Secretario de Movilidad y Transporte del Gobierno del Estado, por el que reforma y adiciona su similar por el que determinó las tarifas máximas para el cobro por los Servicios de Transporte Auxiliar de Arrastre, Arrastre y Salvamento, y Depósito de vehículos para el Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el 19 de septiembre de 2024, Número 13, Quinta Sección, Tomo DXCIII, de fecha 08 de noviembre de 2024.
1.- La persona con derecho a realizar el trámite de la devolución del vehículo será únicamente la que viene nombrada en el Oficio de Devolución de autoridad competente. En caso de ser representante legal acudir con poder notarial original y copia.
2.- La vigencia de la referencia bancaria es de 24 horas, por lo que debe presentarla inmediato posterior al pago, en caso contrario se generará una nueva referencia bancaria con el monto de los días de diferencia transcurridos.
3.- Una vez pagado el trámite, el Boucher de pago y/o comprobante fiscal tendrán una vigencia acorde a la Ley de Ingresos del Estado de Puebla para el ejercicio fiscal 2023.
4.- El costo por arrastre (s) y maniobra (s) se verifican con el representante de la compañía que haya brindado el apoyo de asistencia.
